06/06/2021
Ya todo tiene sentido....
JUNTA DE ACCIONISTAS DE RECOPE ES LA MISMA JUNTA DIRECTIVA DE LA ARESEP SEGÚN INDICA LA DEFENSORIA DE LOS HABITANTES
La Defensora de los Habitantes constató que la Junta de Accionistas de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) es la misma entidad que tiene a su cargo el nombramiento del Regulador General y a la Junta Directiva de la ARESEP, que es la entidad competente de autorizar las tarifas del precio de los combustibles que vende RECOPE a nivel nacional, lo cual supone un evidente conflicto de intereses.
El estudio técnico legal hecho por la Defensoría determinó que el Consejo de Gobierno, por Ley, es la Junta de Accionistas de Recope y la entidad quenombra a los miembros de la Junta Directiva de dicha empresa pública; pero, a su vez, el mismo Consejo de Gobierno es el órgano que nombra al Regulador General y a la Junta Directiva de esa entidad encargada de valorar, con objetividad e imparcialidad, las solicitudes de RECOPE para fijar el precio de venta de los combustibles en el mercado nacional, lo cual convierte al Consejo de Gobierno en Juez y Parte de este proceso.
Por ello, la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo, cuestionó, ante el Presidente de la República, Carlos Alvarado, el ejercicio de tales potestades en el nombramiento y selección de los miembros de las Juntas Directivas de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) y de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP); así como la designación del Regulador General y el Regulador Adjunto. Ya que, por un lado, el Consejo de Gobierno, en su calidad de Junta de Accionistas, vela por la estabilidad económica de RECOPE y la buena marcha en su quehacer comercial; y, por otro, ejerce facultades de nombramiento de las personas quienes tienen a su cargo controlar los precios de los productos que RECOPE vende, lo cual resulta contradictorio e incompatible dentro del sistema de pesos y contrapesos que han de darse entre estas dos facultades de naturaleza opuestas.
Para la Defensoría, los derechos e intereses de las personas usuarias en materia de consumo de combustibles exigen que los entes reguladores actúen con plena independencia, probidad, trasparencia, evaluación y rendición de cuentas, en función de su especial misión contralora en relación a los precios y el comportamiento de los agentes económicos dentro del mercado.
Sin embargo, al ser su nombramiento a cargo del mismo ente público que es a su vez el órgano
máximo administrativo de RECOPE, la independencia técnica resulta altamente cuestionada.