23/01/2023
PRONUCIAMIENTO DEL CORPORATIVO LOS LECHUGA RESPECTO A LAS REFORMAS AL
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA CONTROL DEL TABACO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 16 DE DICIEMBRE DEL 2022
Los Lechuga corporativo, Servicios compra venta de todo tipo de artículos, así como construcción reparación de Todo tipo de casas, compra, traspasos de casas carros etc. manifiesta su oposición a las reformas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2022, en vigor a partir del 15 de enero en curso, por atentar contra el libre comercio.
Este Comercio Empresarial ha hecho pronunciamientos al respecto desde julio de 2022 en torno a que las reformas prohíben la exhibición de productos del tabaco en los negocios establecidos y prohíben la expedición de alimentos y bebidas en establecimientos que operan dichos giros, en áreas para fumadores, lo que desde nuestro punto de vista afecta diversos derechos, en virtud que el Poder Ejecutivo Federal, ha asumido funciones de legislador. Adicionalmente, consideramos que dicho reglamento, en su artículo 50 bis, regula circunstancias no previstas en el diverso artículo 23 de la Ley General para el Control de Tabaco, que se refiere a la publicidad, promoción y patrocinio, no así a la venta y/o comercialización de los productos, al imponer que los puntos de venta deberán contar con una lista textual y escrita de los productos del tabaco y sus precios, sin incluir sellos, marcas, ni logotipos, en el formato y dimensiones específicas, es decir que no podrán tener exhibición directa ni indirecta. En ese sentido reitera que la exhibición de los productos es meramente informativa y las reformas al reglamento, al prohibir la exhibición de productos de tabaco, propicia el fomento a la informalidad, lo cual no contribuirá a reducir el consumo de ese producto.
En otras palabras, con las reformas al reglamento, el Poder Ejecutivo Federal están incluyendo restricciones adicionales a las aprobadas por el H. Congreso de la Unión en el proceso legislativo correspondiente que dio lugar a la Ley General para el Control de Tabaco, excediendo las facultades con las que cuenta, al ir más allá de lo legalmente establecido por la propia Ley. Esta Institución advierte que las reformas al reglamento que nos ocupa está sentando un precedente peligroso para la industria, ya que no solo abre la puerta a una violación a los derechos de los consumidores al NO permitirle información clara, precisa y concisa sobre los productos que por estar autorizada su venta, tienen derecho a consumir, poniendo en gran desventaja comercial a los nuevos competidores que no cuentan con una marca reconocida, creando una distorsión en el mercado de consumibles, que es sumamente preocupante para todo el sector de alimentos, bebidas y tabaco, sobre todo por dar apertura a productos de dudosa procedencia que sin la menor duda serán adquiridos sin ninguna regulación, en el llamado mercado negro. En la cd de Mérida vemos la prohibición de exhibición de productos de tabaco como una medida claramente restrictiva y anticompetitiva, pues la visibilidad del producto es esencial para una competencia libre y justa, ya que es la única forma que tienen los consumidores de saber qué marcas están disponibles para la venta antes de tomar una decisión de compra.
En ese sentido, esta institución ve con preocupación que las restricciones establecidas en las reformas al reglamento de que se trata, atentan además de contra de los derechos de los consumidores, también con la libre competencia, pues el tabaco es un producto cuya comercialización es legal y legítima. Y por consiguiente debe
La prohibición absoluta de la exhibición del tabaco impacta y puede afectar los derechos al libre desarrollo de la personalidad y al libre comercio e igualdad de trato, problemática que pondrá en desventaja al comercio legalmente y dicho sea de paso, a un sin número de empleos que dependen de este giro